lunes, 19 de abril de 2010

El Consell da luz verde para que Orihuela sea Gran Ciudad

El Consell ha aprobado, a instancias de la Consellería de Solidaridad y Ciudadanía, dirigida por Rafael Blasco, el proyecto de ley por el que el municipio de Orihuela será considerado como “Municipio de Gran Población (Gran Ciudad)” y, por lo tanto, disfrutará, por ajustarse a una serie de condiciones, de unos beneficios que mejorarán su organización de cara a ofrecer un mejor servicio a sus ciudadanos. Es el octavo municipio que será considerado como de Gran Población, junto a las tres capitales de provincia, Elx, Torrevieja, Torrent y Gandia, éstas dos últimas también fase de tramite parlamentario para su aprobación.

La alcaldesa de Orihuela, Mónica Lorente, ha manifestado su satisfacción tras recibir la noticia “Orihuela recibe hoy lo que se merece, la consideración de Gran Ciudad supone muchos beneficios, la administración se volverá mucho más participativa y contaremos con muchas ventajas en áreas tan importantes como la de seguridad, es un día importante para todos los oriolanos, el esfuerzo que hemos llevado a cabo, hoy, se ve gratamente recompensado”.

El Pleno del Ayuntamiento de Orihuela acordó el 20 de febrero de 2008, por mayoría absoluta, acogerse al régimen de organización de los municipios de Gran Población, con los trámites legales procedentes para su conveniente autorización.

Ahora la Consellería de Solidaridad y Ciudadanía ha impulsado el proyecto de ley tras recibir el dictamen favorable del Consell Jurídic Consultiu así como el visto bueno de Delegación del Gobierno y la Diputación Provincial.

El municipio de Orihuela cuenta con una población de 80.468 habitantes. La localidad, atendiendo a sus especiales circunstancias económicas, sociales, históricas y culturales, reúne los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Este régimen, además de los municipios con una población superior a 250.000 habitantes; las capitales de provincia con más de 175.000 habitantes, y las capitales de provincia, autonómicas o sedes de las instituciones autonómicas, es aplicable también a los municipios cuya población supere los 75.000 habitantes, que presenten circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales especiales.

Novedades y ventajas

La designación como Gran Ciudad supone novedades y ventajas para los municipios. Así, por ejemplo, el alcalde o alcaldesa puede designar y cesar libremente a los miembros de la Junta de Gobierno. También dicha Junta puede abrirse a personas que no son concejales. Hasta un tercio de la misma, sin contar al alcalde, puede estar formada por estas personas.

El pleno municipal es mucho más parlamentario, con más debate, y mayor control del gobierno municipal. Los beneficios para la ciudadanía son directos: se potencia la participación ciudadana a través de las Juntas de Distrito.

Asimismo se contempla la posibilidad de que el Ayuntamiento cree un Consejo Social en materia de desarrollo local, tenga servicio jurídico propio, Defensor del Ciudadano, Comisión de sugerencias y reclamaciones y mayores competencias en materia de seguridad ciudadana, tráfico y deporte.

También la consideración de “Gran Ciudad” facilita la modernización de la estructura orgánica con posibilidad de órganos de gestión tributaria, direcciones generales, coordinadores de área y concejalías, Intervención General Municipal, un órgano para la resolución de las reclamaciones económica-administrativas, etc.